Año 2, núm. 13, agosto de 2026
ISSN 3122-3583
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Desplazamiento forzado interno en México: radiografía de un problema público ignorado
Paula Sepúlveda Kischinevzky
En México, miles de personas huyen sin cruzar una frontera y desaparecen también de las políticas públicas. La violencia las expulsa; la falta de ley, datos y presupuesto las condena a vivir como víctimas que el Estado todavía no sabe nombrar.
Nadie está exento de ser una persona desplazada interna. Mientras no nos ocurra, parece algo duro, trágico, pero lejano. Aunque de verdad, en cualquier momento, nos puede pasar. Un fenómeno natural es más que suficiente para destruir hogares, estructuras o medios de vida de una familia o comunidad. Un terremoto, un huracán o una depresión aislada en niveles altos (DANA) han sido más que devastadores como para dejar sin hogar a cientos de familias, sin contar las vidas perdidas.
Estas tragedias ocurren y una vez pasada la crisis, pocos nos preocupamos del destino de las personas que pierden sus hogares o medios de vida: ¿ya volvieron a sus hogares aquellos que los perdieron tras el terremoto de 2017? Las familias que se vieron afectadas por las inundaciones en Veracruz en 2025 y que arrasaron con poblados completos, ¿dónde están?, ¿han recuperado algo de su estabilidad? Estas situaciones se agudizan aún más ante contextos de violencia, pues hay que sumar la invisibilización de la sociedad y la negligencia de las autoridades, pues ante situaciones de emergencia por fenómenos naturales al menos se cuenta con acciones de protección civil, pero en el caso de conflictos armados o enfrentamientos criminales no existen planes de acción ni rutas de atención. No hay leyes ni protocolos.
El desplazamiento interno crece entre cifras incompletas: lo que no se registra tampoco recibe atención ni presupuesto.
Perder el lugar de residencia habitual es un evento brutal en la vida de cualquier ser humano y, adicionalmente, se intersecta con las vulnerabilidades con las que se vive de manera cotidiana: mujeres, infancias, LGBTIQ+, personas adultas mayores, personas con alguna discapacidad y el largo etcétera de nuestra diversidad.
En estos párrafos busco abordar el desplazamiento forzado interno (DFI) evitando una lógica melodramática y darle “vuelo a la hilacha” al dolor y diversas aristas que golpea este fenómeno de movilidad humana, pero sí quiero dejar claro que las cifras no representan ni remotamente el efecto que esto tiene en la vida de los individuos y las comunidades. Por tanto, la ausencia de un marco legal, una institución que vele por este problema público, un presupuesto que atienda las emergencias y en el mejor de los escenarios una estrategia de prevención que permita anticiparse a situaciones de emergencia y evitar salidas vertiginosas y conservar las vidas, son cada día más apremiantes, pues las causas lejos de desaparecer aumentan, y esperemos que no sea necesario llegar a extremos aún mayores para que las y los legisladores avancen en la aprobación de una ley general que obligue a los gobiernos locales a emitir las propias y a crear la infraestructura necesaria para abordarla.
Antes de comenzar con la información estadística es importante señalar que los reportes aquí citados no son fuentes oficiales emitidas por una autoridad en México. El Observatorio de Desplazamiento Interno (IDMC por sus siglas en inglés) se alimenta de los análisis realizados por organizaciones de la sociedad civil en México que documentan a las personas desplazadas internas (PDI): antes por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y, a partir de 2024, por el Programa de Derechos Humanos (PDH) de la Universidad Iberoamericana (UIA).
Esta información emana de una metodología mixta, donde el componente cuantitativo proviene del monitoreo de medios: “este proceso incluye la estimación y el recuento de personas y familias desplazadas, basándose en información proveniente de fuentes abiertas, oficiales o privadas, así como primarias o secundarias. Asimismo, con el objetivo de robustecer el análisis, este componente incorpora la consulta, la sistematización y el análisis de indicadores complementarios provenientes de distintas fuentes públicas, lo que permite enriquecer el estudio contextual del fenómeno”.
Cifras globales 2025
2025
desplazaminetos, 2025
por conflicto
(PDH)
La población total desplazada acumulada al cierre de 2025 es de 82.2 millones de personas que viven desplazadas de manera interna en 104 países y territorios, de los cuales 68.6 millones de personas es debido a conflicto y violencia, y 13.6 millones de personas por desastres naturales.
Cabe señalar que en el informe presentado por IDMC se destaca que por primera vez en el registro histórico, los movimientos forzados por conflicto y violencia superaron a los provocados por desastres naturales (32.3 millones frente a 29.9 millones).
La mayoría de las personas desplazadas por conflicto en el ámbito global se concentran en los siguientes cinco países:
- Sudán: 9.1 millones (por tercer año consecutivo como la mayor crisis de DFI).
- Colombia: 7.2 millones.
- Siria: 6.0 millones.
- Yemen: 4.8 millones.
- Afganistán: 4.4 millones.
Crimen organizado, drones explosivos y minas antipersona están cerrando la posibilidad de regresar a comunidades enteras.
En lo que continuamos con la “numeralia” en materia de DFI, vale la pena reflexionar si estas cifras son reflejo de una realidad o más bien son el mapa de los países que cuentan con legislación en la materia y, por lo tanto, llevan un seguimiento más cercano a lo que en verdad ocurre. En el caso de Colombia, hay una ley aprobada desde 1997, por lo que este país documenta y da seguimiento a las dimensiones de este fenómeno desde entonces. Incluso, las mismas víctimas se reconocen como tales y están informadas sobre lo que significa ser una persona desplazada interna, cosa que México apenas se empieza a identificar, nombrar y distinguir de otros fenómenos de movilidad humana.(1)
Para profundizar en el análisis, los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos(2) se redactaron en 1998 por Francis Deng en su informe como representante del secretario general de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
En este documento se especifica qué es una persona desplazada interna, qué implica, cuáles son las fases y cuáles son las soluciones duraderas. Llama la atención cómo este problema público se reconoce hace aproximadamente treinta años y, por otro lado, el refugio es reconocido por las Naciones Unidas desde 1946, después de la Segunda Guerra Mundial y junto con el origen del reconocimiento de los derechos humanos. Con una diferencia de más de cincuenta años. Hago esta reflexión derivada de que las personas refugiadas, antes de serlo, suelen ser desplazadas internas, el último recurso es cruzar una frontera internacional.
Cifras de México 2026 (IDMC) (3)
Nota: El dato de 10 000 desplazamientos por conflicto del IDMC subestima la realidad documentada por el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana (15 795 personas en 2025). Esto puede deberse al corte temporal del lanzamiento entre uno y otro reporte.
- En el informe de IDMC, México forma parte de la región de las Américas junto con Colombia, Haití y Ecuador.
- En esta región se observó que hay 10.5 millones de personas desplazadas, lo cual representa el 13 % del total mundial; 1.6 millones de nuevos desplazamientos por conflicto en 2025.
- Colombia concentra 7.2 millones (69 % del total regional), Haití 1.4 millones.
- Los desplazamientos de México por conflicto son registrados, pero representan el extremo inferior del espectro regional.
- El IDMC reconoce que México, El Salvador, Honduras y Guatemala tienen datos incompletos por falta de recolección sistemática.
Cifras del informe Travesías forzadas del PDH de la UIA(4)
Algunos datos que destacan de este informe son las siguientes:
- De 2024 a 2025:
- En 2024 se registraron 28 900 personas desplazadas como resultado de 72 eventos masivos distribuidos en 13 estados de la República. Esta cifra representó un aumento del 129 % respecto a lo registrado en 2023, debido principalmente a situaciones de violencia en los estados de Chiapas y Sinaloa.
- En 2025 se documentaron 15 795 personas desplazadas internamente en 73 eventos de desplazamiento masivo que afectaron a 11 estados del país.
- Entidades más afectadas en México:
- En el estado de Chiapas se concentró el 61.8 % de todos los desplazamientos en 2024 (17 865 personas desplazadas), afectando principalmente las comunidades indígenas de Tila, Pantelhó y Chenalhó, resultado de disputas territoriales del crimen organizado. Estos conflictos casi desaparecieron para el siguiente año.
- En 2025 los estados de Sinaloa, Chihuahua y Michoacán se vieron afectados por situaciones de violencia, por lo cual acumularon cerca del 90 % de los casos totales de desplazamiento registrados en ese año.
- Como resultado de los datos de 2025 es importante destacar la incorporación del estado de San Luis Potosí, un estado que no presentaba eventos de carácter masivo desde 2016.
- Impacto de la violencia en el DFI en México:
- La delincuencia organizada es la causa dominante de los desplazamientos internos, lo cual corresponde a más del 86 %. El resto responde a disputas territoriales ejidales o conflictos de carácter social y religioso.
- En el informe del PDH de la UIA de 2025 se destaca un aumento significativo en el uso de tecnologías asimétricas de combate por parte de los carteles: la proliferación de drones cargados con explosivos y la instalación de minas antipersona. Estas tácticas impiden físicamente el retorno seguro de las familias a sus tierras agrícolas, agravando drásticamente el impacto en las condiciones de vida y movilidad.
Desafíos en materia de DFI en México:
- El vacío de los datos estadísticos:
- Inconsistencia metodológica: el Reporte Global de Desplazamiento 2026 (GRID, por sus siglas en inglés) de la IDMC emitió una alerta global sobre la precarización de datos debido a recortes financieros internacionales. Esto impacta de forma directa a México: mientras el IDMC estima alrededor de 10 000 nuevas personas desplazadas por violencia en el país para 2025 (por limitaciones de fuentes remotas), el monitoreo en campo de la UIA demuestra que la cifra real supera las 15 000 personas. Lo cual también puede deberse a las fechas de corte de cada reporte.
- Por primera vez en la historia, se incluyó una pregunta especializada sobre desplazamiento forzado interno en la Encuesta Intercensal del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), lo que permitirá contar con los primeros datos oficiales a nivel federal a partir de septiembre de 2026.
- Vacío legal e institucional:
- No existe una ley general de desplazamiento forzado interno que regule y coordine los protocolos de atención, lo cual deja a las víctimas a la deriva y sin presupuesto asignado.
- Únicamente los estados de Chiapas, Guerrero, Sinaloa, Zacatecas y, recientemente, Oaxaca, cuentan con leyes locales en la materia, aunque aún sin reglamento para su aplicación. Esta última entidad destaca especialmente por ser la primera en tipificar el desplazamiento arbitrario como delito penal. El resto de las 27 entidades del país carece de marcos normativos de prevención y reparación integral.
México cuenta con diagnósticos, recomendaciones y propuestas legales; lo que falta es voluntad para convertirlos en protección.
En síntesis, tenemos un largo recorrido por hacer en materia de desplazamiento forzado interno en México. Es una deuda con las y los mexicanos obligados a dejar sus hogares y en riesgo; es un saldo pendiente que no se debe ignorar. En estas líneas se buscó ofrecer una dimensión general del problema; sin embargo, quienes nos hemos adentrado en este tema sabemos que subestiman la realidad.
Veremos próximamente qué muestran los resultados del Inegi; será un buen parámetro de lo que se dice en estas líneas y esperemos que sea la “gota” que empuje al legislativo a abordar el tema con mayor seriedad y empujarlo en la agenda pública.
Vale la pena señalar que hay un camino avanzado: en el ámbito internacional hay buenos ejemplos, como el caso de Colombia; por otro lado, la relatora especial de los Derechos Humanos de los Desplazados Internos de la Organización de las Naciones Unidas ha realizado visitas a México y ha emitido una serie de recomendaciones; el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha desarrollado metodologías de trabajo basadas en los Principios Rectores; existen legislaciones locales con propuestas interesantes que deben ser reglamentadas con urgencia y también se puede revisar el documento de la ley general que se aprobó por unanimidad en la Cámara de Diputados en 2020 y que posteriormente se atoró en el Senado; únicamente falta la voluntad para materializar todos estos esfuerzos.
De otra manera, me temo que la realidad se impondrá y en la medida en que no se atienda y que más víctimas sean capaces de identificarlo, lo harán explotar y lo convertirán en una bandera de exigibilidad hacia las autoridades.
Referencias
(1) Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). (2016). Informe especial sobre desplazamiento forzado interno.
(2) Deng, F. (1998). Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0022.pdf
(3) Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC). (2026). Reporte global de desplazamiento 2026 (GRID). https://api.internal-displacement.org/sites/default/files/2026-05/IDMC-GRID-2026-Global-Report-on-Internal-Displacement.pdf
(4) Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana. (2025). Travesías forzadas: desplazamiento interno en México. https://desplazamientointerno.mx/report/informe-anual-2025




























