Año 1, núm. 6, enero de 2026
ISSN 3122-3583
a fondo
El llamado civil a los militares
Catalina Pérez Correa
La expansión del poder militar en México no puede explicarse únicamente como obediencia a órdenes civiles. Este texto cuestiona la narrativa del control civil pleno y muestra cómo la militarización se consolida mediante reformas legales que diluyen los límites democráticos del poder castrense.
En un trabajo en el que examinan el nuevo papel de los militares latinoamericanos, Pion-Berlin y otros (2020) afirman que los aparatos militares latinoamericanos actuales son diferentes a los que tomaron el poder a mediados de los años noventa. Aunque participan en una amplia gama de tareas, sostienen, los militares de hoy no toman decisiones autónomas, sino que obedecen órdenes civiles para llevar a cabo tareas civiles:
Aunque la mayor presencia militar actual pueda suscitar inquietantes ecos de tiempos pasados, la actual oleada de activismo militar no es, de hecho, un retorno al pasado. Existe una serie de comportamientos militares, la mayoría de los cuales se producen a instancias de autoridades electas democráticamente. El motivo ya no es la ideología de seguridad nacional ni la búsqueda de poder político por parte de los soldados. En general, el control civil y la supervivencia de la democracia no están amenazados. Esto no quiere decir que estas acciones sean acertadas o que no puedan tener consecuencias perjudiciales; se trata simplemente de que no estamos hablando de decisiones militares autónomas (Pion-Berlin et al., 2020, p. 152).
La militarización suele presentarse como decisión civil, aunque en la práctica puede responder también a intereses militares propios.
Los autores continúan:
El control civil de los militares es un principio preciado de la democracia y una condición necesaria para un gobierno democrático consolidado. Esperamos que los ejércitos estén subordinados a las autoridades políticas, y normalmente es así. Los ejércitos son desplegados por presidentes legítimos, elegidos democráticamente, que actúan en respuesta a las demandas de los votantes: […] ¿cómo puede ser legítimo que los soldados de un Estado democrático desobedezcan las órdenes legítimas del jefe del ejecutivo de ese Estado, elegido democráticamente? Si los soldados lo hacen, están eludiendo sus obligaciones, socavando al comandante en jefe que los votantes han elegido y (a nivel personal) arriesgándose a ser castigados (Pion-Berlin et al., 2020, p. 153).
Los autores plantean un dilema difícil: si a los militares se les ordena asumir tareas que la Constitución o las leyes prohíben, ¿tienen la obligación de desobedecer o existe la posibilidad de desobedecer? Para el caso mexicano la pregunta pudiera parecer ya ociosa. En su último día como presidente de México, el30 de septiembre de 2024, Andrés Manuel López Obrador presentó una reforma constitucional para eliminar las limitaciones que el Ejército tenía para desempeñar funciones civiles. Anteriormente, la Constitución mexicana establecía en su artículo 129 que, en tiempos de paz, las autoridades militares no podían desempeñar más funciones que las estrictamente relacionadas con la disciplina militar. Este artículo había sido adoptado desde la Constitución de 1857 y ratificado en la Constitución de 1917 como forma de controlar y subordinar al ejército a las autoridades civiles; sin embargo, la reforma propuesta por López Obrador fue aprobada por el Congreso con poco debate público, culminando un proceso de militarización de funciones civiles en México.
Las reformas constitucionales recientes legalizan funciones que antes eran abiertamente inconstitucionales.
El artículo reformado establece que “ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tenga previstas en esta Constitución y las leyes que de ella emanen”. Con ello, se legalizaron muchas de las funciones que el Ejército había estado desempeñando de forma inconstitucional antes de ese momento —desde administración de aeropuertos y centros turísticos hasta construcción de carretera— y se abrió la posibilidad de asignarles más tareas. La reforma, además, otorgó al Ejército el control total de la Guardia Nacional —originalmente una institución civil— y amplió la jurisdicción militar —fuero militar— a todos sus miembros en casos de indisciplina. En este contexto, la pregunta sobre si los militares tienen la obligación de obedecer órdenes civiles que contravienen la Constitución es casi ociosa. Si la Constitución les permite llevar a cabo cualquier función que el congreso apruebe, cumplir con esta condición parece una cuestión de formalidad.
Sin embargo, la pregunta presume algo que el caso mexicano hace cuestionar: la premisa de que los militares solo participan en la militarización de funciones que las autoridades civiles solicitan —u ordenan—. Se trata de una premisa que tanto académicos, como autoridades civiles y militares afirman. El estudio de caso de las escuelas secundarias militarizadas en México, no obstante, es un ejemplo de cómo esa premisa puede no ser correcta.
En un texto de Coutiño & Madrazo (2023) los autores afirman que la militarización suele retratarse como una iniciativa civil en la que los militares son presentados como agentes pasivos. Según este recuento, las autoridades civiles solicitan a un Ejército, poco dispuesto pero disciplinado y leal, que se haga cargo de la seguridad pública —o de otras funciones civiles—. Sin embargo, mediante una investigación de campo sobre los bachilleratos militarizados, su estudio muestra que, por lo menos en ese caso, la iniciativa de crear institutos militarizados fue por iniciativa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa). Es decir que el proyecto de los bachilleratos militarizados “parte de la Secretaría de la Defensa en sus inicios” y no de las autoridades civiles (Coutiño & Madrazo, 4, 2023).
El control civil se vuelve formal cuando la Constitución deja de imponer límites efectivos al poder militar.
Formalmente, Defensa forma parte de la Administración Pública Federal, por lo que sus relaciones con los gobiernos estatales y municipales deberían canalizarse por medio de la Secretaría de Gobernación (Segob), la institución federal encargada de las relaciones intergubernamentales, pero al estudiar la creación de los bachilleratos militarizados, los autores no encontraron rastro de otra agencia de la Administración Pública Federal que participara, ordenara o siquiera tuviera conocimiento de la iniciativa de construir bachilleratos militarizados dentro de los sistemas de escuelas públicas estatales.
Los documentos que analizan mencionan una “orden presidencial”, el supuesto llamado civil para que los militares incursionaran en el tema de la educación, pero no existe rastro de esta. Aún más, según el estudio, en las 28 escuelas secundarias militarizadas, el dinero utilizado para crearlas provino de los gobiernos estatales donde se establecieron, lo que significa que se trató de dinero civil transferido al Ejército para este fin (Coutiño & Madrazo, 2023).
Es posible que la representación del Ejército respondiendo a órdenes civiles provenga de una sentencia de 1996, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Acción de Inconstitucionalidad 1/96), en la cual sostuvo que las Fuerzas Armadas pueden auxiliar a las autoridades civiles cuando se les solicite esta ayuda. Sin embargo, casos concretos apuntan a que los militares —especialmente el Ejército— tienen una agenda —corporativa, económica— propia. Algunos casos también muestran a la Secretaría de la Defensa presionando para obtener decisiones judiciales favorables en casos clave que podrían dañar la imagen institucional o el interés monetario.
La expansión del fuero y de las funciones castrenses reconfigura el equilibrio democrático.
Un reportaje de Mexicanos contra la Corrupción (2024), por ejemplo, muestra cómo el Ejército hizo cabildeo para que un magistrado del Poder Judicial federal rechazara admitir un amparo para conocer el contenido del expediente penal contra el general Salvador Cienfuegos, acusado de narcotráfico en Estados Unidos. Otro reportaje, de Animal Político (2024), afirma que hubo presión por parte de Defensa para concederle a la institución una propiedad asegurada al exgobernador de Veracruz, Javier Duarte.
Carecemos de información para entender cómo o porqué fueron otorgadas a Defensa otras facultades y presupuestos civiles —como la construcción de un acueducto, de viveros de árboles, aeropuertos, helipuertos, etc. —; sin embargo, persiste la pregunta de si estas iniciativas, como en el caso de los bachilleratos militarizados, surgieron del Ejército, sin participación —o siquiera conocimiento— de las autoridades civiles federales o si fueron “órdenes civiles”.
Si lo primero es el caso, las implicaciones son preocupantes. Podemos decir, con razón que la militarización actual no es “un regreso al pasado”, como afirman Pion-Berlin y otros (2020). También podemos afirmar que las autoridades civiles son cómplices de la expansión del militarismo y la militarización que se ha llevado a cabo en México. Si además las instituciones militares actúan de manera autónoma, debería preocuparnos que “el control civil y la supervivencia de la democracia” estén amenazados. Antes de preguntar sobre si los militares deben o no obedecer órdenes civiles contrarias a la Constitución, hay que preguntar de dónde vienen las iniciativas militaristas.
Nota de la autora:
Este texto es parte de uno más amplio que fue presentado para su discusión en el Seminario en Latinoamérica de Teoría Constitucional y Política (SELA), organizado por la Escuela de Derecho de Yale. Agradezco los comentarios y sugerencias de las y los participantes.
-
SCJN (1996). Acción de Inconstitucionalidad 1/96.
https://www2.scjn.gob.mx/juridica/engroses/3/1996/19/3_4593_0.pdf
-
Animal Político. “Jueza denuncia a Carlos Alpizar, excolaborador del ministro Zaldivar, por intentar interferir en un caso”, 14 de mayo, 2024.
https://animalpolitico.com/politica/jueza-carlos-alpizar-excolaborador-zaldivar
-
Garza Onofre, Juan, López Ayllón, Sergio, Martín Reyes, Javier, Marván Laborde, María y Salazar Ugarte, Pedro (2024). Érase un país verde olivo: Militarización y legalidad en México. México. Editorial Grano de Sal.
-
Iván, Alamillo. “Sedena solicitó a Alpízar resoluciones favorables en el Poder Judicial”, 10 de mayo de 2024.
https://contralacorrupcion.mx/sedena-solicito-a-alpizar-resoluciones-favorables-en-el-poder-judicial/
-
Pion-Berlin, David e Igor Acácio (2020). “¿El retorno de los militares latinoamericanos?”. Journal of Democracy (31)4, p. 151-165. Proyecto MUSE.
https://doi.org/10.1353/jod.2020.0062
-
Tesis de Jurisprudencia 38/2000. Disponible en:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/192080
-
Coutiño Trejo, J.E., y Madrazo, A. (2023). “Preparatorias Militarizadas en México: De la Militarización al Militarismo en un Contexto de Violencia (2006-2022)”. Alternativas.
https://doi.org/10.1177/03043754231183561


























