Año 1, núm. 2, septiembre de 2025
a fondo
Reforma electoral, ¿para qué?
Javier Hurtado
La reforma electoral que impulsa la presidenta busca eliminar los plurinominales y reducir el financiamiento a partidos. Una decisión que, de aprobarse, podría borrar a la oposición y concentrar aún más el poder político.
Con apenas el 24.8 % de electores, el partido mayoritario quiere rediseñar la democracia mexicana: menos representación, menos pluralidad y más control presidencial.
Una comisión ‘intrapresidencial’, sin expertos ni pluralidad, prepara la reforma electoral más polémica en décadas: desaparecer plurinominales y elegir consejeros por voto popular.
En la pretendida reforma electoral del actual gobierno de la República, un primer punto a considerar es el que versa sobre la Comisión Presidencial creada por decreto publicado el 4 de agosto de 2025. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), en su artículo 21, faculta a la titular del Poder Ejecutivo federal para constituir comisiones, que podrán ser intersecretariales, consultivas y presidenciales.
Las primeras son para tratar algún asunto en el que deban intervenir varias secretarías de Estado; las segundas estarán “conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil”, para emitir una opinión no vinculante sobre un tema específico y, por último, las presidenciales, podrán ser conformadas por integrantes de las dos anteriores, así como por “exservidores públicos y servidores públicos de otros poderes u órdenes de gobierno”. A diferencia de las consultivas, estas últimas tienen como objeto emitir “informes que deberán servir como base para la toma de decisiones o el objeto que determine su decreto de creación”.
Pudiendo haberse creado una comisión consultiva —conformada por personas expertas y representantes de la sociedad—, se optó por una de carácter presidencial como grupo de trabajo especial (no necesariamente de especialistas). No se invitó a formar parte de esta comisión a algunos de quienes integran las mesas consultivas y se omitió la presencia de “servidores públicos de otros poderes u órdenes de gobierno”, a los que la ley les permite formar parte de una comisión presidencial.
La Comisión Presidencial que impulsa la reforma electoral no es consultiva ni plural: está integrada solo por funcionarios de la presidenta.
Como quedó integrada, ni es comisión intersecretarial —por no estar integrada solo por secretarias y secretarios de Estado—, pero tampoco presidencial por no ser la comisión que se esperaría de una o un jefe de Estado en la que participen personas expertas, otros poderes, órdenes de gobierno y expresiones políticas. Por haberse integrado solo con funcionarias y funcionarios dependientes directamente de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, más bien debería llamarse “intrapresidencial” (concepto que debería incluirse en la LOAPF).
Lo anterior puede explicarse, más no justificarse, debido a que muchas de las personas especialistas en materia electoral han externado opiniones críticas sobre la pretendida reforma electoral de la presidenta de la República. Y si no se invitó a la representación de otros poderes fue porque se asumió que las y los líderes de los grupos parlamentarios de su partido y aliados también asumirían posiciones contrarias a algunos de los objetivos de la reforma, como lo son la eliminación de la representación proporcional tal como actualmente existe y la reducción del financiamiento a los partidos. Su exclusión y la de representantes de otros órdenes de gobierno no se justifica, ya que se les podría haber invitado con derecho a voz, más no a voto.
En esta comisión sui generis, la mayor parte de sus integrantes desconocen la materia político-electoral y es la primera en no ser presidida por quien encabeza la Secretaría de Gobernación; ello porque el decreto de su creación estipula que la preside la persona titular del Ejecutivo federal y “una persona servidora pública designada directamente por la Presidenta de la República, quien asumirá la Presidencia Ejecutiva de la Comisión”.
Mención especial merece la persona designada para presidirla: se trata de un economista que nunca ganó una elección, ya que las cuatro veces que fue legislador federal ingresó al congreso por la vía de la representación proporcional, figura que se propone desaparecer. Para esta persona, las y los diputados o senadores plurinominales “representan a las élites de los partidos, no al pueblo” (El País, 6 de agosto de 2025), sin que pueda aclarar cómo su caso no fue también decisión de las elites de su partido y cómo en los candidatos de mayoría relativa no ocurre eso, cuando en ninguno de los dos casos existe un procedimiento democrático para su selección.
La democracia no se reduce a la mayoría: con apenas 25 % de electores se pueden tomar decisiones que afectan a todo el país.
Pero, más allá de esto, dicho personaje —por sus desplantes autoritarios y pontificadores—, en realidad es un peligro para que dicha comisión pueda buscar los consensos mínimos. Ya ha sentenciado: “Queremos una reforma y vamos a ejercer nuestra fuerza política para hacerlo. No va a ser producto de un conciliado de camarillas”.
El problema principal de esta reforma es que sus impulsores entienden o fingen creer que el único paradigma de la democracia es la democracia de mayoría, en la que puede ganar una elección quien logre un 20 o 25 % de los votos emitidos, y estos no representar ni el 50 % de la ciudadanía inscrita en la lista nominal de electores. Por ejemplo, en la elección federal de diputados de 2024, el partido mayoritario obtuvo 24 484 943 votos, que representaron el 40.8 % de la votación emitida y tan solo 24.8 % del electorado. ¿Con esa “fuerza política” y representación es con la que quieren hacer una reforma electoral unilateral?
Otro dilema es que confunden pueblo con ciudadanía. Apelan al pueblo y se dicen representantes del pueblo. Efectivamente, este es el sujeto principal de los procesos políticos que crean un Estado y expide una Constitución. Empero, el pueblo solo actúa cuando se convoca a un Congreso Constituyente. Aprobada la Constitución, lo que existe son los poderes por ella creados y, por medio de los cuales, la ciudadanía (concepto que también crea el pueblo convertido en constituyente) con su voto en elecciones auténticas y libres, designa a sus integrantes. Resulta contradictorio que quienes tanto reivindican al pueblo no contemplen la participación de los poderes Legislativo y Judicial en dicha comisión, mediante los cuales ejerce su soberanía.
Si bien estamos ante el caso de que la mayoría legislativa del partido de la presidenta y sus aliados no la apoyarían, en el caso del Judicial —ahora que ya fue electo popularmente—, ¿perciben que también sería de oposición a la iniciativa de la presidenta?
Dice el presidente de la Comisión que “se escucharán todas las voces, pero que la última palabra la tendrá la ciudadanía, mediante una encuesta pública, y el partido gobernante”, encuesta cuyos resultados se publicarán en el próximo mes de octubre. El problema es que utilizan las encuestas para decir lo que ellos dicen que dice la ciudadanía. Con cinismo se pregunta: “¿por qué los partidos no consultan al pueblo?”.
Con todo y que manipulen o induzcan las respuestas de las encuestas, será difícil que las reformas constitucionales puedan alcanzar la mayoría requerida en ambas cámaras del Congreso de la Unión, al menos para reducir el financiamiento a los partidos y eliminar la representación proporcional. De llegar a aprobarse la modificación constitucional de los organismos electorales, difícilmente podría aplicarse en las elecciones de 2027 por las implicaciones que tendría para la organización del próximo proceso electoral, que deberá iniciar en septiembre de 2026.
No puede dejar de señalarse que la propuesta de elegir a las y los consejeros electorales por voto popular es una locura y enorme irresponsabilidad, habida cuenta de que en ese proceso se reproducirían los vicios y errores de la elección del Poder Judicial federal, realizada en junio del presente año.
Si ello está en el conocimiento de la presidenta, entonces el objetivo subyacente sería evidenciar a todos los partidos con registro (incluido el suyo) como un obstáculo a esas dos propuestas, las que —todo parece indicar— irreflexivamente serían susceptibles de cierto apoyo popular. Entonces surgiría un “Plan B” de esta reforma electoral, con modificaciones solo en la legislación electoral, para lo que no se requiere mayoría calificada en ambas cámaras. El Congreso de la Unión tendría del 1 de febrero al 30 de abril de 2026 para aprobar la reforma, que debe estar publicada a más tardar el 31 de mayo para que se pueda aplicar en 2027.
En todo caso, aquí es donde cobraría sentido la propuesta de la presidenta de la República de flexibilizar las candidaturas independientes y abrir la convocatoria para el registro de nuevos partidos cada tres años (en el 2027), ya no cada seis, después de la elección presidencial. De ser así, la actual titular del Ejecutivo federal se deslindaría de su partido y aliados para crear una nueva expresión política o registrar una candidatura presidencial independiente en el 2030, para competir contra Morena.
No se necesita mucho esfuerzo para colegir que si lo que se quiere es que las candidaturas ya no las decidan las élites o los dueños de los partidos, ello no se va a lograr desapareciendo las listas de diputadas y diputados de representación proporcional, sino haciendo obligatoria por ley la selección democrática de candidaturas. Luego, restituir la doble boleta para la elección de diputadas y diputados (que existió entre 1979 y 1985); elevar el número de circunscripciones electorales (a entre 15 y 20) para que la ciudadanía pueda elegir a las y los candidatos plurinominales de entre las listas que les propongan los partidos (sin requerir acordeón).
Desaparecer diputadas y diputados plurinominales haría permanente el nulificado derecho que ya no tiene el 33 % de las y los legisladores para interponer acciones de inconstitucionalidad. En lugar de ello, una verdadera reforma electoral democrática debería expedir un Estatuto de la Oposición (como en Colombia) que tanta falta hace, ya que en la actualidad, tanto jurídica como políticamente, en México la oposición no existe.


























