Año 2, núm. 15, octubre de 2026
ISSN 3122-3583
a fondo
La discriminación que nos habita en silencio
Teresa González Luna Corvera *
Una contratación, un trámite o una puerta abierta solo para algunas personas pueden esconder decisiones discriminatorias bajo reglas aparentemente neutrales. México cuenta con mejores conceptos, leyes y mediciones; el desafío es que las instituciones funcionen y que cada espacio revise a quién favorecen sus criterios.
Dos personas solicitan el mismo empleo. Tienen estudios semejantes y cumplen los requisitos. Una vive en una colonia prestigiosa, estudió en una universidad privada y tiene el tono de piel que la empresa asocia, sin decirlo en voz alta, con una “buena presentación”. La otra vive lejos, estudió en una universidad pública y no encaja con esa imagen. Nadie insulta. Nadie admite un prejuicio. Solo una persona recibe la llamada.
Entrar a la universidad no basta si las reglas impiden pertenecer
¿Hubo discriminación ahí? Probablemente la empresa dirá que eligió al “mejor perfil”, dejando fuera la pregunta decisiva: ¿quién decidió que cierto acento, domicilio, cuerpo, apellido, universidad o color de piel dan cuenta de capacidad, confianza o prestigio? Esto incomoda porque solemos imaginar la discriminación como algo ruidoso y visible: una puerta que se cierra en la cara, un insulto racista, la negativa abierta a contratar a una mujer embarazada o a rentar una vivienda a una pareja de personas del mismo sexo. Esas conductas existen y siguen doliendo, pero la discriminación es persistente y trabaja en silencio, escondida en criterios que parecen neutrales, en rutinas de oficina, en filtros escolares, en redes de conocidos, en decisiones que se toman “como siempre se han tomado”.
En México hemos aprendido, en apenas un cuarto de siglo, a nombrar estas prácticas con cierta precisión. Reconocemos que la discriminación rara vez se presenta como una prohibición explícita y que las desventajas no llegan solas ni actúan una por una. Ser mujer, indígena, hablar una lengua originaria, vivir en una comunidad rural, tener un tono de piel oscuro y realizar trabajo doméstico remunerado representa una forma específica de discriminación, producida por el cruce entre género, origen étnico, lengua, territorio y pobreza. A eso le llamamos interseccionalidad: no es una suma de etiquetas, sino una manera de entender cómo varias jerarquías se refuerzan entre sí.
Tenemos ahora mejores leyes, más datos y conceptos más finos. Lo paradójico es que la desigualdad de trato no cede y que lo logrado convive con instituciones debilitadas y con prácticas que distribuyen de manera desigual el acceso a los derechos básicos: educación, salud, vivienda y cuidados. Aprendimos a reconocer la discriminación en las normas, pero todavía no logramos impedir que siga decidiendo quiénes pueden hacer valer sus derechos y acceder a oportunidades.
Cuando “tratar igual” conserva la desigualdad
Todas las personas somos iguales en derechos. Esta frase es uno de los grandes acuerdos de cualquier sociedad democrática, aunque no describa lo que ocurre todos los días en la vida cotidiana. La igualdad jurídica es, en realidad, una promesa: algo que debe construirse mediante instituciones, presupuestos y decisiones políticas concretas, no algo que ya tenemos garantizado por el simple hecho de haberlo escrito en la Constitución.
La discriminación ocurre cuando un prejuicio o estigma —el color de piel, el sexo, la edad, una discapacidad, la identidad de género, el origen étnico, la religión, el lugar donde vivimos, la forma en que hablamos o nos vestimos— convierte injustificadamente una diferencia humana en una desventaja que limita derechos. Quienes estudiamos el tema en México solemos hacer referencia a una definición que resulta esclarecedora: la discriminación es una conducta socialmente extendida de desprecio hacia una persona o un grupo, fundada en un prejuicio o un estigma, que termina dañando sus derechos y libertades, lo haya buscado o no quien discrimina. No hace falta que alguien anuncie su intención de excluir. Basta con que una regla o una costumbre produzca, una y otra vez, el mismo resultado injusto.
Por eso la discriminación no puede reducirse a una lista de malos comportamientos individuales. Es, sobre todo, un mecanismo social que se reproduce en empresas, escuelas, hospitales, oficinas públicas, fraccionamientos, clubes y familias. Actúa cuando una organización elige siempre el mismo perfil para sus puestos directivos, cuando una escuela da por hecho que ciertas familias “no van a encajar”, o cuando vemos como natural que una trabajadora del hogar no tenga contrato ni seguridad social.
El problema es complejo porque la desigualdad económica y la discriminación caminan juntas, pero no son lo mismo. El famoso economista Lester C. Thurow las llamó hermanas gemelas siamesas,(1) y la imagen resulta afortunada porque capta bien su relación: están unidas, se alimentan mutuamente, pero no son intercambiables. La pobreza limita recursos; la discriminación reparte un trato desigual a partir de prejuicios sobre quiénes somos o cómo nos ven.
La igualdad no es el punto de partida
Si las personas parten de situaciones profundamente desiguales, tratarlas exactamente igual no siempre produce justicia. Pensemos en un edificio al que se permite entrar a cualquiera, pero cuyo único acceso es una escalera larga y empinada. La regla es la misma para todas las personas; sus efectos no. Poner una rampa no es un privilegio arbitrario para nadie; es corregir una barrera que le impide a alguien ejercer un derecho que, en el papel, ya tenía.
Esa es la lógica detrás de las medidas de nivelación, inclusión y acciones afirmativas. Un apoyo temporal dirigido a un grupo históricamente excluido no se justifica por la identidad de ese grupo en sí misma, sino por la desventaja social que busca reparar. La conocida objeción de la discriminación inversa pierde buena parte de su fuerza en cuanto nos preguntamos quién diseñó las reglas originales, a quién favorecieron durante décadas y qué obstáculos siguen produciendo hoy.
Una curul ocupada no garantiza una voz con poder
Tampoco la universalidad de los derechos nació completa junto con las democracias modernas. Se ha ido ampliando —y se sigue ampliando— gracias a las luchas de las mujeres, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, las minorías religiosas, las comunidades afromexicanas y las personas de la diversidad sexual. La igualdad no fue el punto de partida de ese proceso; sigue siendo, todavía, su punto de llegada.
Lo que México ha construido
La arquitectura antidiscriminatoria mexicana comenzó a tomar forma en 2001. La Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación, presidida por Gilberto Rincón Gallardo, entregó un “libro blanco” —La discriminación en México: por una nueva cultura de la igualdad— que antecedió, ese mismo año, a la reforma que incorporó la cláusula antidiscriminatoria al artículo 1.º constitucional.(2) En 2003 se publicó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y nació el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Alrededor de esos cambios se fue tejiendo, durante más de dos décadas, una comunidad académica que reunió al derecho, la filosofía, la sociología, la ciencia política y la estadística, entre otras disciplinas. De ahí surgió la Red de Investigación sobre Discriminación (Rindis) y la idea de una “razón antidiscriminatoria” mexicana: un nombre que puede sonar académico, pero que designa algo sencillo y necesario: un lenguaje compartido para comprender por qué discriminamos, medir sus efectos y ofrecer razones para cambiar leyes, instituciones y conductas. No es una doctrina cerrada ni una escuela con dueño; es una conversación plural que acepta el debate y se corrige con nueva evidencia.(3)
Ese trabajo produjo cuatro avances. Definió la discriminación como una desigualdad de trato con raíces culturales y alcance estructural. Explicó por qué el derecho a no ser discriminado exige algo más que prohibiciones; también necesita medidas de inclusión, nivelación y reparación. Ayudó a construir instrumentos para medir algo que durante mucho tiempo se consideró intangible. Y —quizá lo más notable— logró que sus categorías llegaran a la legislación, a las sentencias de los tribunales y a la planeación pública: desde 2023 la ley reconoce explícitamente la discriminación interseccional, indirecta y estructural; y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha construido, sentencia tras sentencia, un criterio cada vez más fino para distinguir la igualdad formal de la igualdad sustantiva.
La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) permitió escuchar de manera sistemática las experiencias de distintos grupos. Otros instrumentos incorporaron el color de piel y la movilidad social. Gracias a ellos podemos sostener, con información oficial, que la apariencia y la condición étnica, entre otras diferencias, influyen en el acceso a oportunidades y no solo en los agravios que se dan entre personas.
Un dato lo muestra con crudeza: el Módulo de Movilidad Social Intergeneracional de 2016 encontró que solo el 4.9 % de las personas con el tono de piel más oscuro alcanzó educación superior, frente al 28.8 % de quienes tienen el tono más claro. El dato revela una regularidad social que el esfuerzo o el talento, por sí solos, no explican.
La mirada interseccional permite ver cómo se combinan varias desventajas a la vez. En la medición oficial de pobreza de 2024, el 37.5 % de las mujeres indígenas del ámbito rural que hablan una lengua originaria se encontraba en pobreza extrema, frente al 2.3 % de los hombres no indígenas del ámbito urbano, una distancia de más de 16 veces. No se trata de la simple suma de ser mujer, indígena, pobre y habitante del campo; esas condiciones se cruzan y producen una experiencia singular de exclusión que ninguna de ellas explica por separado.
El trato desigual en los espacios cotidianos
El trabajo del hogar remunerado acerca el problema a millones de familias mexicanas. En 2024 ocupaba a 2.5 millones de personas; nueve de cada diez eran mujeres. El 95 % trabajaba en la informalidad, el 97.1 % no tenía contrato escrito y el 69.5 % no recibía ninguna prestación.
Resulta fácil condenar la discriminación en abstracto y mucho más difícil reconocerla en el salario, el horario o el trato que establecemos dentro de casa. Muchas familias que se consideran a sí mismas igualitarias llaman “de confianza” a la persona que trabaja con ellas, pero nunca formalizan la relación laboral. La cercanía afectiva puede convivir, sin ninguna contradicción aparente, con una desigualdad muy concreta. Dar un regalo, ayudar en una emergencia o decir que alguien “es parte de la familia” no sustituye un contrato, un descanso, la seguridad social y un salario digno.
Algo parecido ocurre en las empresas. Expresiones como “buena presencia” o “perfil adecuado” pueden usarse para valorar capacidades reales, pero también para excluir a quien tiene determinado cuerpo, acento, apellido o domicilio. El problema no se resuelve declarando que no somos racistas, sexistas ni clasistas. Conviene, más bien, revisar qué resultados producen nuestros propios criterios y quién queda repetidamente afuera.
La inclusión se mide también en quién decide y con qué recursos
Tener derechos no basta
El ciclo mexicano desemboca en una contradicción que conviene mirar de frente. El vocabulario antidiscriminatorio ha alcanzado una presencia notable: hablamos con naturalidad de derechos, igualdad sustantiva, paridad, discriminación, acciones afirmativas e interseccionalidad; las leyes reconocen más derechos y los tribunales cuentan con mejores herramientas para protegerlos, pero la experiencia social no mejora al mismo ritmo y en algunos indicadores incluso retrocede.
La ENADIS 2022 registró que el derecho negado con mayor frecuencia, y de manera injustificada, fue el acceso a los apoyos de programas sociales: el 46.1 % de quienes lo solicitaron y no lo obtuvieron. El Estado queda así en una posición incómoda y doble: debe proteger a las personas contra la discriminación, pero sus propias oficinas, reglas y trámites pueden estar generándola.
Entre 2017 y 2022 se deterioró, además, la proporción de personas que considera que los derechos de distintos grupos “se respetan mucho”: cayó entre la población indígena, las personas mayores, las mujeres, las juventudes, las personas con discapacidad y las minorías religiosas. Los prejuicios explícitos tampoco desaparecieron: la mitad de la población consideró irresponsables a los jóvenes, y una tercera parte asoció la diversidad religiosa con más conflictos.
Esta realidad convive con un debilitamiento de las instituciones nacionales garantes de los derechos humanos. En el caso del Conapred, su presupuesto pasó de poco más de 183 millones de pesos en 2019 a 133.7 millones en 2026, y la propuesta de presupuesto para 2027 es a la baja y del todo incierta. A esa erosión presupuestal se suma la discontinuidad en su dirección —atraviesa un segundo periodo sin quien lo encabece— y la interrupción de varios de sus programas. No es un caso aislado: en los últimos años hemos visto desdibujarse o desaparecer del mapa a organismos como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT); mientras la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) conserva el nombre, pero ha perdido buena parte de su propósito.
El deterioro de una institución no es meramente un asunto burocrático, toda vez que tiene consecuencias democráticas. Si se reducen presupuestos, capacidades técnicas y herramientas de información, también se reducen las posibilidades de documentar patrones de exclusión, acompañar denuncias y obligar a las autoridades a corregir prácticas discriminatorias.
El problema ya no es principalmente la falta de conceptos o de normas; es la distancia, cada vez más ancha, entre los derechos reconocidos y la posibilidad real de ejercerlos y exigirlos. Sin instituciones capaces, una ley puede convertirse en una promesa sin consecuencias. Ante la falta de encuestas y diagnósticos comparables entre sí, la discriminación estructural vuelve a ocultarse. Sin información pública, resulta difícil saber qué programas excluyen, dónde ocurre y quién debe responder.
¿Quién entra, quién queda fuera?
La discriminación suele presentarse como un problema de otras personas: autoridades intolerantes, empresas abusivas e individuos abiertamente racistas. Esa distancia nos protege de una pregunta más incómoda: ¿qué ocurre en los espacios donde cada uno de nosotros decide?
Quien contrata puede establecer requisitos que no tengan una relación directa con el trabajo por realizar. Quien renta una vivienda puede preguntarse por qué le resultan más confiables ciertos apellidos, acentos o formas de vestir. Quien emplea a una trabajadora del hogar puede cambiar la ayuda discrecional por derechos laborales reales. Y quien toma decisiones públicas puede medir no solo cuántos apoyos reparte, bajo qué condiciones y con qué propósitos, sino quién logra acceder a ellos y quién se queda atrapado en el trámite.
Construir una razón antidiscriminatoria en México supone convertir todo el conocimiento acumulado hasta la fecha en resultados. Esto exige, entre otras cosas, defender al Conapred y la infraestructura de medición que tanto costó construir, crear mecanismos de denuncia que de verdad funcionen y revisar presupuestos, programas y reglas de operación desde la igualdad de trato y no solo desde la intención declarada.
Pero también exige algo de cada una y cada uno de nosotros: la discriminación no va a terminar solo porque aprendamos el vocabulario correcto; va a disminuir cuando dejemos de confundir los privilegios heredados con los méritos individuales, cuando nos animemos a examinar los efectos de decisiones que parecen neutrales y cuando los derechos dejen de depender de la buena voluntad de quien abre o cierra una puerta.
* Profesora investigadora de la Universidad de Gudalajara y Coordinadora de la Cátedra UNESCO “Igualdad y No Discriminación”
Referencias
(1) Thurow, L. C. (1969). Poverty and Discrimination. The Brookings Institution, 1.
(2) Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación. (2001). La discriminación en México: por una nueva cultura de la igualdad. Informe general. https://www.revistas.unam.mx/index.php/rmcpys/article/view/48356/
(3) González Luna, T., y Rodríguez Zepeda, J. (2014). Hacia una razón antidiscriminatoria. Estudios analíticos y normativos sobre la igualdad de trato. Conapred. https://www.conapred.gob.mx/index.php/publicacion/95
























