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El desafío de las prisiones 1
Elena Azaola
Mientras las prisiones continúen siendo territorios de degradación humana, la paz seguirá siendo una promesa incompleta: lo que ocurre tras los muros penitenciarios no solo castiga a quienes están dentro, también fractura el tejido social que permanece afuera.
No puede haber paz mientras las cárceles sigan siendo
espacios donde prevalece la degradación de la condición humana.
A lo largo de 40 años he tenido la oportunidad de llevar a cabo diversos estudios en las prisiones en los que he aprendido que, aun en quienes han cometido los crímenes más atroces, siempre se encuentra algún punto de conexión en nuestra mutua condición humana.
Sin duda, las prisiones son uno de los desafíos más grandes para la seguridad y la justicia en México, un eslabón que, a pesar de ser crucial, nadie quiere voltear a ver. La mayoría piensa que quienes están ahí se lo tienen bien ganado y casi nadie se preocupa por conocer esos espacios, por acercarse a ver, a sentir lo que ahí se vive.
Las prisiones no son mundos apartados: reproducen de forma amplificada las desigualdades, violencias y contradicciones de la sociedad que las construye.
“Que los refundan ahí por el mayor tiempo posible”, suele ser el sentimiento más frecuente entre quienes dicen buscar justicia. Tampoco nos queremos detener a pensar en las consecuencias que tiene para la sociedad la negligencia y el abandono de las prisiones, la estigmatización y la expulsión, muchas veces sin retorno, de todas las personas que, después de estar en prisión, habrán quedado para siempre excluidas del curso de la acción social ordinaria.
Lo que me interesa destacar es que el confinamiento tiene efectos dañinos muy graves, no solo en las y los internos —que de múltiples formas ven deteriorada su salud en cuanto pisan una prisión—, sino también en la salud del tejido social de quienes gozan de libertad y, especialmente, en los seres queridos más cercanos de las personas privadas de su libertad.
La prisión nos ofrece múltiples paradojas. Por un lado, no vemos ni escuchamos lo que ahí ocurre porque se tiene el cuidado de ocultarlo tras los grandes muros que resguardan la prisión, pero, por otro, todo lo que sucede adentro no es sino una réplica, una manifestación amplificada y muchas veces grotesca de los conflictos y las contradicciones que caracterizan a una determinada sociedad. En este sentido, las prisiones son un microcosmos capaz de revelar aquello que la sociedad pretende ocultar, además de ser, paradójicamente, los espacios desde donde se administra y se organiza la actividad criminal.
Casi 100 000 personas duermen cada noche en prisión preventiva sin haber sido condenadas, una práctica que tensiona los principios del debido proceso.
Lejos están de ser —como todos sabemos o sospechamos— los espacios que, como dice la ley, rehabilitan a la o el delincuente y devolverlo sano a la sociedad. Hace tiempo que nadie cree en esta coartada, desde que hemos podido constatar con datos inobjetables que quienes se hallan adentro no son necesariamente las personas delincuentes de mayor calado, sino una y otra vez las y los jóvenes pobres de las zonas marginadas. Ellos constituyen, por mucho, la población mayoritaria de los centros penitenciarios. La prisión, lejos de rehabilitarles, no hace sino acentuar y perpetuar su exclusión.
Durante los últimos siete años, aquellos correspondientes al gobierno de Andrés Manuel López Obrador y el actual, ha prevalecido la política denominada el “derecho penal del enemigo”.[2] La puesta en marcha de este modelo ocasionó que la población en prisión se incrementara en casi 25 % durante dicho periodo como resultado del uso indiscriminado de la prisión preventiva oficiosa, medida que contradice los principios del debido proceso internacionalmente aceptados. De ahí que hoy tengamos cada noche a 100 000 personas durmiendo en la prisión sin que se les hubiera comprobado la comisión de ningún delito, pues no han recibido sentencia. Estas personas representan el 40 % de los 255 000 que, en total, se hallan en alguno de los 280 centros penitenciarios que existen en nuestro país.
Lo que resulta incomprensible —o no tanto— es que, a pesar del incremento en la población penitenciaria, el presupuesto que se asigna a las prisiones se ha ido reduciendo, lo que ha contribuido a exacerbar las de por sí precarias condiciones de vida en estos espacios, incluyendo las deplorables condiciones de trabajo del personal penitenciario.
La prisión no encierra solo a quienes cumplen una pena; obliga a sus familias a sostener económicamente lo que el Estado no garantiza.
A este recorte del presupuesto debe atribuirse que cada año se reporten más motines, riñas, suicidios y homicidios, lo que da cuenta del incremento de la conflictividad a medida que se reducen todo tipo de recursos y crecen las dificultades para sobrevivir en prisión.
Por si fuera poco, otro de los problemas más graves es que el Estado ha dejado en manos de los grupos delictivos el control de los penales, abandonado de esta manera a quienes no forman parte del grupo al que en cada caso han cedido el control. Por otra parte, han dejado a las y los más vulnerables expuestos a todo tipo de vejaciones y privaciones. Así lo ilustra el caso de Lucio, un interno que pasó 27 años en prisión en Monterrey tras los cuales fue declarado inocente y puesto en libertad. Él me dijo: “fue el jefe de custodios quien dio la orden de que se usara la fuerza letal y yo vi cómo quemaron a 14 personas que estaban en el pabellón psiquiátrico. Todos pertenecían a un mismo grupo delictivo distinto al de los responsables de ese supuesto accidente…”.
Tampoco puede ignorarse que los penales son centros de extracción de grandes cantidades de recursos que autoridades y criminales se reparten al permitir la venta de drogas, de espacios y privilegios, así como de “permisos” para participar en el negocio de la extorsión, autorizando el uso de celulares. De igual forma se cobra por el pase de lista, por mandar llamar a un interno, por dejar pasar alimentos y medicinas o para recibir protección.
El aislamiento extremo no solo limita la libertad física: puede borrar a las personas del horizonte social hasta volverlas invisibles.
De esta manera se producen los mayores daños al tejido social, ya que son las familias las que deben costear la estancia de sus seres queridos en prisión. Es así que la sustracción de la dignidad que se desarrolla en esos lugares, se extiende hacia el tejido social afuera. Es la familia la que tiene que llevar alimentos para completar los que el Estado no provee o las medicinas que tampoco otorga, así como todo tipo de bienes, desde productos de higiene personal hasta ropa y otros enseres básicos. María, la esposa de Lucio que, junto con sus hijos lo visitó mientras estuvo en prisión, me dijo:
Recuerdo que, cuando había motines, salían a maltratarnos y nos empujaban o nos aventaban gases lacrimógenos y, aunque nos maltrataban, todas las mujeres queríamos saber de nuestros esposos […]. También me daba gripa por el frío de estar acampando a la intemperie, son cosas que nunca terminaría de contar […]. A veces, llegábamos a las cinco de la mañana y pasábamos hasta las 12 y nos decían que la visita se acababa a las dos; se nos hinchaban los pies de estar tanto tiempo paradas. Y, aunque al final lo declararan inocente, ¿con qué nos devuelven la infancia de nuestros hijos o la juventud que Lucio perdió detrás de las rejas de un penal?.
[1] Este texto es la transcripción de la conferencia impartida por la autora en la Segunda Conferencia del Diálogo Nacional por la Paz en el ITESO de Guadalajara el 30 de enero de 2026.
[2] El “derecho penal del enemigo” es un concepto acuñado por Günter Jakobs en 1985 que se caracteriza por un conjunto de normas penales enfocadas a combatir la “peligrosidad”, restringiendo las garantías procesales a quienes se etiqueta como “peligrosos” (terroristas, crimen organizado). recibido sentencia. Estas personas representan el 40 % de los 255 000 que, en total, se hallan en alguno de los 280 centros penitenciarios que existen en nuestro país.
[3] Stuart Grassian, Psychopathological Effects of Solitary Confinement, American Journal of Psychiatry 140, núm. 11 (1983): 1450-1454; Daniel P. Mears, Supermax Prisons: The Policy and the Evidence, Criminology and Public Policy 12, núm. 4 (2013): 681-720. Y, sobre el concepto de “muerte social”, véase: http://www.taringa.net/posts/solidaridad/17867047/Muerte-Social.html.


























